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Calendario SAT 2026: días inhábiles y fechas clave

Calendario de agosto a diciembre de 2026 con los días inhábiles del SAT y las principales fechas fiscales que las empresas deben revisar.

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Equipo Penagos Mendoza Penagos Mendoza
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El calendario SAT 2026 tiene todavía varias fechas que las empresas deben considerar entre agosto y diciembre. No todas significan lo mismo: algunos días son inhábiles para el cómputo de plazos, mientras que otros corresponden a declaraciones, pagos o información que solo aplica a determinados contribuyentes.

Esta guía reúne fechas útiles para organizar el cierre de 2026. Es un punto de partida: las obligaciones dependen del régimen, las actividades, el RFC y los procedimientos abiertos de cada empresa.

Días inhábiles del SAT que quedan en 2026

Con fundamento en el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación, después del 13 de agosto quedan tres días inhábiles generales relevantes:

  • Miércoles 16 de septiembre: conmemoración de la Independencia de México.
  • Lunes 16 de noviembre: tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad.

Además, los sábados y domingos son inhábiles para el cómputo de plazos fijados en días, salvo disposición expresa. El artículo 12 también regula cuándo un plazo se prorroga al siguiente día hábil.

La RMF 2026 identificó como inhábiles adicionales el 2 y 3 de abril. Su Primera Resolución de Modificaciones incorporó el periodo vacacional del 20 al 31 de julio. Ambos ya transcurrieron.

La normatividad consultada no incorpora otro periodo vacacional general del SAT para el cierre de 2026. Una modificación posterior obligaría a actualizar este calendario.

Calendario fiscal de agosto a diciembre de 2026

Para personas morales, el día 17 del mes siguiente suele ser la referencia para pagos provisionales o definitivos y retenciones. Si es inhábil, el vencimiento se recorre al siguiente día hábil.

Mes de presentación Periodo mensual de referencia Fecha general a considerar
Agosto Julio de 2026 Lunes 17 de agosto
Septiembre Agosto de 2026 Jueves 17 de septiembre
Octubre Septiembre de 2026 Lunes 19 de octubre, porque el 17 cae en sábado
Noviembre Octubre de 2026 Martes 17 de noviembre
Diciembre Noviembre de 2026 Jueves 17 de diciembre

Puede existir una ampliación conforme al sexto dígito numérico del RFC, pero no aplica a todos los contribuyentes ni obligaciones. Avisos, contabilidad electrónica, DIOT, retenciones y obligaciones sectoriales pueden seguir reglas distintas.

Otras fechas que algunas empresas deben revisar

Además de los pagos mensuales, conviene incorporar al control interno las siguientes fechas:

  • 31 de agosto: fecha límite general para informar las operaciones relevantes realizadas en abril, mayo y junio, cuando exista esa obligación.
  • 3 de noviembre: referencia prevista para determinados envíos trimestrales de información contable correspondientes a julio, agosto y septiembre; su aplicación depende del supuesto específico de la regla 2.8.1.6.
  • 30 de noviembre: fecha límite general para informar las operaciones relevantes de julio, agosto y septiembre, cuando se hayan realizado operaciones que deban declararse.
  • 31 de diciembre: fecha de corte para conciliaciones, inventarios, cuentas por cobrar, deducciones, CFDI y documentación que alimentará el cierre fiscal y la declaración anual.

La forma 76 no se presenta si no se realizaron las operaciones previstas. Antes de agendarla debe confirmarse que el supuesto aplica a la empresa.

Cómo usar este calendario sin cometer errores

Una empresa puede convertir estas fechas en un control sencillo:

  1. Separar cumplimiento ordinario y procedimientos abiertos. Una declaración mensual no se controla igual que un requerimiento, una carta invitación o una revisión electrónica.
  2. Registrar la fecha de notificación. En asuntos del Buzón Tributario, debe conservarse el mensaje, la constancia y el momento en que surtió efectos la notificación.
  3. Asignar una fecha interna anterior. Preparar información entre tres y cinco días hábiles antes permite corregir CFDI, conciliaciones o anexos.
  4. Conservar archivos y acuses. El expediente debe incluir la declaración, línea de captura, pago, anexos y acuse completo.
  5. Verificar cambios oficiales. La RMF puede modificarse durante el año y el SAT puede publicar reglas, facilidades o periodos adicionales.

¿Tiene un plazo abierto con el SAT?

Los días inhábiles pueden modificar ciertos plazos, pero no suspenden automáticamente cualquier obligación. El resultado depende del acto, la notificación y la norma aplicable.

Si su empresa recibió un requerimiento, una carta invitación o una resolución, podemos revisar el documento y el vencimiento dentro de nuestro servicio de defensa fiscal en Puebla. También puede consultar la guía sobre cartas invitación del SAT o utilizar nuestros canales de contacto.

Preguntas frecuentes

¿El 16 de septiembre y el 16 de noviembre cuentan para un plazo fiscal?

En términos generales son días inhábiles conforme al artículo 12 del CFF. El efecto concreto debe revisarse según la forma en que esté expresado el plazo y el procedimiento aplicable.

¿Todas las empresas declaran el día 17?

No. Es una referencia común para ciertas obligaciones mensuales, pero el vencimiento puede variar por régimen, tipo de declaración, RFC o regla específica.

Fuentes oficiales


La información oficial fue consultada al 13 de agosto de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal o fiscal para un caso concreto.

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